A finales del
año anterior el gobierno español presentó el anteproyecto de una ley que de
aprobarse reducirá drásticamente la posibilidad de interrumpir legalmente un
embarazo.
Con esta última
escaramuza entre el Partido Popular (PP) y los socialistas se eliminaría el
llamado “sistema de plazos”, vigente desde 2010, que ponía en cabeza de la
mujer la decisión durante las primeras semanas, para volver al “sistema de
supuestos”, más restrictivo, en el que se definen unas condiciones
excepcionales bajo las cuales la interrupción deja de estar penalizada, como
ocurre en Colombia.
Hasta 1985 el
aborto estuvo totalmente prohibido en España. Ese año el gobierno socialista
aprobó una ley que lo despenalizó parcialmente en tres situaciones específicas,
las mismas de la famosa sentencia C-355 de la Corte Constitucional colombiana: “grave
peligro para la mujer embarazada … una violación y … que el feto (pueda) nacer
con graves taras”.
La ley fue
criticada tanto por la derecha como por los grupos más progresistas, para
quienes el texto no tenía en cuenta la decisión de la mujer. En 1987 una
organización cercana al Opus Dei presentó una querella criminal contra unas
ginecólogas por el aborto de una mujer que había recibido radiaciones, alegando
que no eran suficientes para que el caso entrara dentro de los supuestos.
Temerosos de demandas similares los hospitales no se arriesgaron a practicar
abortos y muchos médicos se declararon objetores de conciencia. Surgieron
entonces centros especializados que adoptaron una “interpretación amplia del
supuesto de peligro para la salud psíquica de la embarazada”.
A pesar de
las restrictivas condiciones legales, la práctica se hizo común y el número de
interrupciones se sextuplicó en dos décadas. Para atenderlas se consolidó un
subsector dedicado a la operación. Pero los cimientos eran frágiles. Casi la
totalidad de las intervenciones se hicieron aduciendo riesgos para la salud psíquica
materna, certificados por médicos de los mismos centros privados dedicados al
aborto. Los opositores siempre señalaron que se trataba de una coladera. La presidenta
de una asociación de psiquiatras confirma ahora que “la interrupción del
embarazo es una cuestión que no tiene nada que ver con la salud mental”.
En el 2010
los socialistas enmendaron la legislación para “reforzar la seguridad jurídica”
y adecuarla “al consenso de la comunidad internacional” introduciendo el
sistema de plazos. De manera provocadora, sobre unas bases débiles
posibilitaron que jóvenes de 16 años abortaran sin el consentimiento de sus
padres. Ese mismo año el PP presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional
en las mismas líneas de la nueva propuesta de ley.
Los 25 años
de prácticas liberales amañadas a un marco legal restringido no lograron
consolidar el aborto como un derecho de las españolas, siempre dependientes de
intermediarios interesados que poco contribuyeron a legitimar esa delicada
decisión personal. Es probable que el retorcido esquema haya contribuído al
rezago en técnicas abortivas: en España los métodos farmacológicos siguen
siendo excepcionales.
El caso español
ilustra los problemas de la legalización cuando no se busca de frente sino por
las ramas, como está ocurriendo en Colombia. Una crítica muy lúcida al sistema
de supuestos la hizo Simone Veil cuando en 1974 defendió ante la Asamblea
Nacional el proyecto de ley francés, señalando sus “contradicciones insalvables”.
Si las condiciones se definen de manera precisa y se respetan, la nueva
legislación será casi irrelevante pues la proporción de esos abortos es muy
baja. Pero si se toleran grietas no se ganará legitimidad. Así, es “preferible
enfrentarse a la realidad y reconocer que en última instancia la decisión final
sólo puede ser tomada por la mujer”.
Acertó la
entonces Ministra de Salud reconociendo “un profundo sentimiento de humildad
ante la dificultad del problema” y haciendo explícito que el objetivo final del
gobierno legalizando el aborto era desincentivarlo. “Si (se) admite la
posibilidad de interrupción de un embarazo, es para controlarla y, en la medida
de lo posible, disuadir … Una mujer sobre quien recae toda la responsabilidad
de una acción tendrá más dudas para tomarla que aquella que siente que la
decisión ha sido tomada por otros”.
REFERENCIAS
Sevillano,
Elena (2010). “España, a la cola europea en aborto farmacológico”. El País,
Nov 23 de 2010